Abstract:
En el marco de las economías colaborativas en entornos digitales resulta fundamental delimitar los criterios diferenciadores de los diversos agentes y/o sujetos que intervienen en ellas, toda vez que sin la demarcación inequívoca del ámbito subjetivo de aquellas economías, articular una respuesta del derecho al ámbito objetivo de las operaciones que se producen en su interior, resulta improbable. Así, el artículo atiende a la mencionada necesidad y plantea los conceptos subjetivos básicos de las economías colaborativas en entornos digitales, presentando, igualmente, las definiciones objetivas que resultan fundamentales en la valoración de las prestaciones que se pactan en el marco de “intermediación” digital.